Decreto Municipal n° 297/2021
De acuerdo a la modificación de lo dispuesto en los Decretos Municipales: n° 738/2020 art. 1° y 972/2020 art. 2° y 3°. La Municipalidad de Pehuajó comunica las siguientes autorizaciones:
Se autoriza la realización de reuniones y misas religiosas entre las 9:00 y 20:00 horas. Con un máximo de hasta 20 personas sin excepción, en espacios cerrados ventilados y según sus dimensiones.
Resulta indispensable
Cumplir los protocolos y recomendaciones sanitarias indispensables, tales como: Ventilación cruzada efectiva, distanciamiento físico delimitando distancias con marcas en el piso, utilización permanente del tapa nariz - boca obligatorio, cubriendo mentón, boca y nariz.
Así mismo deberá existir en el lugar, elementos de higiene y desinfección para su uso frecuente, tales como alcohol en gel, difusor, lavandina, desinfectante para sillas, pupitres, bancos y lugares de uso común, etc.
Bibliotecas
Se autoriza la apertura de bibliotecas en el ámbito del Partido de Pehuajó, cumpliendo el protocolo oficial provincial. Los usuarios solo podrán ingresar al establecimiento para retirar o devolver material, no así permanecer dentro de las instalaciones. El establecimiento deberá garantizar la desinfección de todos los espacios, exigir el uso del tapa nariz – boca y mentón, garantizar la ventilación permanente y el distanciamiento físico a más de 1,5 metros entre individuos, delimitando distancias con marcas en el piso.
(Foto archivo Prensa Pehuajó)