Se encuentra vigente la Resolución OCEBA N° 0213/17 la cual establece un Régimen tarifario específico para Entidades de Bien Público.
Las Entidades de Bien Público de vuestro distrito podrán solicitar el encuadramiento en dicho Régimen tarifario, para lo cual deberán presentarse a través de su representante ante el Distribuidor de su domicilio, con la constancia de inscripción en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y/o copia certificada de inscripción o registro en los organismos correspondientes a su actividad, habilitados a nivel provincial o municipal.
Presentada la documentación pertinente el distribuidor deberá proceder al encasillamiento en la categoría tarifaria T1 “Pequeñas Demandas” Servicio General (T1GEBP). En caso de no obtener respuesta o que la misma sea denegatoria podrán recurrir a OCEBA a fin de definir el encasillamiento.
Tal como surge del artículo 8 de la Resolución OCEBA N° 0213/17, en caso de Entidades que no cuenten con constancia de inscripción y/o registro o se encuentren con el trámite pendiente de resolución, se les otorgará provisoriamente, por el término de seis (6) meses, el encasillamiento tarifario en la categoría la T1 “Pequeñas Demandas”, Servicio General (T1GEBP), debiendo en dicho plazo regularizar su situación y presentar ante el Distribuidor la constancia que acredite su inscripción en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas y/o certificado de registro ante un organismo oficial provincial o dependencia municipal.
Dicho plazo podrá prorrogarse por seis meses más, debiendo la Entidad de Bien Público presentar ante el Distribuidor las constancias sobre el estado de trámite de la documentación que acredite personería jurídica.